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Empleadas domésticas: qué seguros son obligatorios y qué deben tener en cuenta los empleadores

Cada vez más familias cuentan con personal de casas particulares para tareas de limpieza, mantenimiento o cuidado. En estos casos, la ley nacional establece la contratación obligatoria de dos seguros: la ART y el Seguro de Vida Obligatorio. Conocer cómo funcionan y cómo se gestionan es clave para evitar inconvenientes.

Se consideran trabajadores de casas particulares quienes prestan servicios de limpieza y mantenimiento del hogar, realizan cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad, o brindan asistencia y acompañamiento a miembros de la familia.

Uno de los seguros obligatorios es la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo). Esta cobertura protege al trabajador ante accidentes laborales o enfermedades profesionales, incluyendo los accidentes “in itinere”, es decir, en el trayecto de ida y vuelta al trabajo.

La ART se contrata al momento de registrar la relación laboral en el portal de Casas Particulares de ARCA y se abona mensualmente junto con los aportes y contribuciones a través del Formulario 575/RT. El monto varía según la cantidad de horas trabajadas por semana: menos de 12 horas, entre 12 y 16, o más de 16 horas semanales.

La cobertura incluye atención médica inmediata, pago del salario durante el tratamiento y eventuales indemnizaciones si corresponden. Ante un siniestro, el empleador debe comunicarse de forma inmediata con la ART, informar lo ocurrido y seguir el circuito administrativo correspondiente.

El segundo seguro obligatorio es el Seguro de Vida Obligatorio, que cubre el fallecimiento del trabajador por cualquier causa mientras exista relación de dependencia. La póliza es anual y comienza siempre el día 1 de cada mes. Su contratación es responsabilidad del empleador y requiere completar la declaración de beneficiarios, documento que debe conservarse en el legajo personal del empleado.

Vanina Carrillo, productora y asesora de seguros, explica que muchas familias desconocen esta exigencia legal. “Son dos seguros obligatorios que debemos contratar si tenemos personal a cargo. No solo es una obligación legal, también es una manera de cuidarnos y cuidar a nuestros empleados ante cualquier imprevisto”, señala.

Según detalla, en el caso del Seguro de Vida es fundamental completar correctamente la designación de beneficiarios, ya que solo las personas declaradas podrán cobrar la indemnización en caso de fallecimiento.

Para quienes necesiten asesoramiento sobre contratación, montos y procedimiento, pueden contactarse con Vanina Carrillo, productora y asesora de seguros, al 11 5823 5225 o por correo a vaninacarrillo@hotmail.com.

Contar con la cobertura adecuada no solo evita sanciones, sino que brinda respaldo frente a situaciones que pueden generar conflictos económicos y legales para ambas partes.

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